En los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en las demás disposiciones legales y reglamentarias de respectiva aplicación, compete a la Intervención General:
- El control interno de la actividad económico-financiera del sector público de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha, mediante el ejercicio de la función interventora y del control financiero.
- La dirección y gestión de la contabilidad pública.
- El seguimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria en las fases de ejecución y liquidación del presupuesto.
- La evaluación de las políticas de gasto público, en coordinación con los órganos gestores de los distintos programas de gasto.
- La gestión del sistema de facturación electrónica, a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (PeCAM).
- La gestión de la Base Regional de Subvenciones y de las relaciones con la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
- Las demás que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.
La Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es el órgano directivo de la Administración regional que tiene encomendadas las funciones de control interno de la gestión económico-financiera del sector público, la dirección y gestión de la contabilidad pública y el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria en relación con los presupuestos en curso y en liquidación, con plena autonomía e independencia funcional respecto a los órganos o entidades cuya actividad sea objeto de su evaluación, seguimiento y control.
Estructura organizativa
Bajo la superior dirección de su titular, la Intervención General ejerce sus funciones a través de la siguiente estructura organizativa:
- Unidades centrales, entre las que se incluye una Viceintervención General y una Viceintervención del Área de Contabilidad , y cuya composición y estructura responderán a los requerimientos funcionales derivados de las competencias de la Intervención General de ejercicio centralizado, siendo concretadas en la correspondiente relación de puestos de trabajo. Así mismo también son unidades centrales de la Intervención General el Servicio de Coordinación , Documentación y Medios, el Servicio de Control Financiero del Sector Público, Servicio de Control Financiero y Auditorias y el Servicio de Control Presupuestario.
- Unidades delegadas en servicios centrales, con la denominación de Intervenciones Delegadas , cuyo ámbito de responsabilidad será el propio de los órganos pertenecientes a los servicios centrales y organismos autónomos, con el alcance y la distribución que se establezca por la persona titular de la Intervención General. Al frente de estas unidades estará un Interventor Delegado, que podrá ser apoyado en el ejercicio de sus funciones por las Intervenciones Delegadas Adjuntas que se designen, en función de las necesidades del servicio.
- Unidades delegadas en servicios provinciales, con la denominación de Intervenciones Delegadas Territoriales, cuyo ámbito de actuación será el propio de los órganos de carácter territorial, con el alcance y distribución que se determinen por la persona titular de la Intervención General. Al frente de estas unidades estará un Interventor Delegado Territorial.
La estructura orgánica de la Intervención General incluirá, asimismo, una Intervención Adjunta al Servicio de Salud de Castilla la Mancha cuyo titular actuará por delegación permanente de la persona titular de la Intervención General y con sujeción a sus directrices en el ejercicio de las funciones interventoras, contables y de control financiero que le corresponden.) La Intervención Adjunta del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha cuenta para el ejercicio de sus funciones con un Servicio de Control Financiero y unos Equipos de Auditoría.
Estructura funcional
La estructura funcional de la Intervención General incluye las siguientes áreas de actividad:
- Área de dirección.
- Área de control interno.
- Área de contabilidad.